¿Qué Impuesto de Transmisiones Patrimoniales hay que pagar por la compra de un coche?

08 noviembre, 2022

Si compras un coche o una moto de segunda mano, tienes que pagar impuestos. Además de la tasa de transferencia o cambio de titularidad del vehículo, también tienes que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía entre el 4% y el 8% dependiendo de cada comunidad autónoma.

¿Quién debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Este impuesto debe ser pagado por el comprador del vehículo dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato de compraventa en la comunidad autónoma donde resida.

Una vez realizado este pago, podrás realizar el trámite obligatorio de Cambio de Titularidad del Vehículo en una oficina de la DGT. Otra opción es acudir a Gogestor, donde nos encargaremos de todos los trámites por ti: el pago del ITP correspondiente y la gestión y pago de la tasa de cambio de titularidad.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Importe a pagar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se calcula desde la siguiente tabla:

  1. Obteniendo el valor del vehículo. Esta cifra se encuentra en la tabla de valoración que Hacienda actualiza y publica anualmente en el BOE, donde se encuentra la valoración de todos los vehículos disponibles -como si fueran nuevos- según su marca, modelo, cilindrada, tipo de combustible…
  2. A continuación, hay que aplicar un porcentaje de depreciación de ese valor en función de los años que tiene el vehículo. Para calcularlo, tienes que multiplicar el valor del coche según las tablas de valoración de Hacienda por el porcentaje de depreciación que se indica a continuación, en función de la antigüedad de tu vehículo:
  • Hasta 1 año de antigüedad: 100%
  • Más de 1 año, menos de 2: 84%
  • Más de 2 años, menos de 3: 67%
  • Más de 3 años, menos de 4: 56%
  • Más de 4 años, menos de 5: 47%
  • Más de 5 años, menos de 6: 39%
  • Más de 6 años, menos de 7: 34%
  • Más de 7 años, menos de 8: 28%
  • Más de 8 años, menos de 9: 24%
  • Más de 9 años, menos de 10: 19%
  • Más de 10 años, menos de 11: 17%
  • Más de 11 años, menos de 12: 13%
  • Más de 12 años 10%
  1. Aplicar el tipo de gravamen que establece cada comunidad autónoma sobre el valor fiscal resultante del paso anterior.

Esta cifra puede ser un poco engorrosa de calcular si no estás familiarizado con ella, por lo que la forma más rápida y sencilla es utilizar nuestra calculadora online de coches o motos, con la que conocerás el coste de la ITP y de la transferencia del vehículo, sin ningún compromiso y de forma rápida.

Tipos de gravamen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por Comunidad Autónoma para vehículos

El ITP tiene carácter estatal, pero su gestión está cedida a las comunidades autónomas. Es decir, el Estado fija un marco general, pero cada comunidad tiene la potestad de adaptarlo, por lo que este tipo de impuesto oscila actualmente entre el 4% y el 8% según la comunidad.

Puede haber excepciones o actualizaciones de estos tipos de impuestos, así que asegúrese de conocer bien las posibles excepciones.

Andalucía

En Andalucía, el tipo general del Impuesto de Sucesiones es del 4%. Sin embargo, si el vehículo, coche o todoterreno en cuestión tiene una potencia superior a los 15 CVf (caballos de potencia fiscal), este tipo se eleva al 8%.

Aragón

En Aragón, el ITP aplicado a los vehículos es del 4%. No obstante, existen algunas excepciones. Entre ellas:

  • Si el vehículo tiene más de 10 años y cilindrada igual o inferior a 1.000 cc no se exige pago.
  • Si el vehículo tiene más de 10 años y cilindrada superior a 1.000 e inferior o igual 1.500 cc se paga una cuota fija de 20 €.
  • Si el vehículo tiene más de 10 años y cilindrada superior a 1.500 e inferior o igual a 2.000 cc se paga una cuota de 30 €.

Asturias

El tipo general del ITP en el Principado de Asturias es del 4%, pero si el vehículo tuviera una potencia superior a 15 CVf (caballos fiscales), el impuesto se elevaría al 8%.

Baleares (Islas)

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares es del 4% con algunas excepciones:

  • Si el vehículo, turismo o todoterreno tiene una potencia superior a 15 CVf (caballos fiscales) debe aplicar el 8%.
  • Los ciclomotores no pagan y por tanto no deben presentar el ITP.

Islas Canarias

El ITP en las Islas Canarias es del 5,5%. Existen también algunos casos en los que se paga una cuota fija. Son los siguientes:

  • Vehículos de turismo a motor, que no tengan la consideración de históricos, con más de diez años de uso y cilindrada igual o inferior a 1.000 centímetros cúbicos: 40 €.
  • Vehículos de turismo a motor, que no tengan la consideración de históricos, con más de diez años de matriculación y cilindrada superior a 1.000 centímetros cúbicos e inferior o igual a 1.500 centímetros cúbicos: 70 €.
  • Vehículos de turismo a motor, que no tengan la consideración de históricos, con más de diez años de matriculación y cilindrada superior a 1.500 centímetros cúbicos e inferior o igual a 2.000 centímetros cúbicos: 115 €.

Cantabria

El tipo de ITP de Cantabria es del 8%. Desde aquí puedes acceder a la web de la Agencia Tributaria de Cantabria para obtener información completa.

Castilla-La Mancha

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al que están sujetos los vehículos en Castilla-La Mancha es del 6%.

Castilla y León

El ITP en Castilla y León es del 5%, pero si el vehículo, turismo o todoterreno tiene una potencia superior a 15 CVf (caballos fiscales) el gravamen será del 8%

Cataluña

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Cataluña es del 5%, aunque no es necesario abonarlo si:

  • El vehículo (motocicleta, turismo o todoterreno) tiene 10 o más años de antigüedad, no se trata de un vehículo calificado como histórico, y su valor, determinado de acuerdo con la orden por la cual se aprueban los precios medios de venta aplicables a la gestión del impuesto, sea inferior a 40.000 € (valor previo a la aplicación de los coeficientes de utilización del medio de transporte).
  • Se trata de un ciclomotor de cilindrada inferior a 50 cm3 y velocidad no superior a 45 km/h o de un Quad de cilindrada inferior a 50 cm3, velocidad no superior a 45 km/h, masa en vacío inferior a 350 kg. y potencia no superior a 4 kW)

Ceuta

El ITP en Ceuta es del 4%, si bien este tipo impositivo desciende hasta el 2% en el caso de los residentes.

Comunidad Valenciana

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de la Comunidad Valenciana es del 6% con algunas excepciones en función de las antigüedades. Así, los turismos, vehículos mixtos adaptables, todoterrenos, motocicletas y ciclomotores cuyo valor sea inferior a 20.000 euros y que tengan una antigüedad superior a 12 años, excluidos los que hayan sido calificados como vehículos históricos, tributan con unas cuotas fijas:

Turismos y todoterrenos

  • Con cilindrada menor o igual a 1.500 cc: 40 €
  • Con cilindrada superior a 1.500 cc y menor o igual a 2.000 cc: 60 €
  • Con cilindrada superior a 2.000 cc: 140 €

Motos

  • Con cilindrada menor o igual a 250 cc: 10 €
  • Con cilindrada mayor que 250 cc y menor o igual a 550 cc: 20 €
  • Con cilindrada mayor que 550 cc y menor o igual a 750 cc: 35 €
  • Con cilindrada mayor que 750 cc: 55 €

Por su parte, los turismos, vehículos mixtos adaptables, todoterrenos, motocicletas y ciclomotores, cuyo valor sea inferior a 20.000 euros y que tengan una antigüedad superior a 5 años e inferior o igual a 12 años, excluidos los que hayan sido calificados como vehículos históricos, tienen las siguientes cuotas fijas:

Turismos y todoterrenos

  • Cilindrada menor o igual a 1.500 cc: 120 €
  • Cilindrada superior a 1.500 cc y menor o igual a 2.000 cc: 180 €
  • Cilindrada superior a 2.000 cc: 280 €

Motos

  • Cilindrada menor o igual a 250 cc: 30 €
  • cilindrada mayor que 250 cc y menor o igual a 550 cc: 60 €
  • cilindrada mayor que 550 cc y menor o igual a 750 cc: 90 €
  • cilindrada mayor que 750 cc: 140 €

Por último, los turismos, vehículos mixtos adaptables, todoterrenos, motocicletas y ciclomotores con antigüedad inferior o igual a 5 años y cilindrada superior a 2.000 centímetros cúbicos, o con valor igual o superior a 20.000 euros: 8%

Extremadura

En la comunidad autónoma de Extremadura, el ITP de los vehículos es del 6%. Se aplicará un tipo del 4% a las transmisiones de vehículos comerciales e industriales ligeros usados de hasta 3.500 Kg. de masa máxima autorizada, siempre que la adquisición se realice por contribuyentes que realicen actividades económicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre Sociedades y que estén afectas a la actividad.

Galicia

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Galicia es del 8%. Como excepciones, los turismos y todoterrenos con antigüedad de 15 años o más y cilindrada inferior a 1.600 c.c. tienen una cuota fija:

  • Hasta 1.199 cc: 22 €
  • De 1.200 a 1.599 cc: 38 €

La Rioja

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de La Rioja es del 4%.

Madrid

El ITP de vehículos en Madrid es del 4%.

Melilla

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Melilla es del 4%, al que se aplica una bonificación del 50% para residentes.

Murcia

El ITP que se aplica en la Región de Murcia es del 4%. Como salvedad, a los turismos, todoterrenos, motocicletas y demás vehículos con más de doce años de antigüedad se les aplicará las siguientes cuotas fijas:

  • Con cilindrada menor o igual a 1.000 cc: no es necesario presentar la autoliquidación.
  • Con cilindrada superior a 1.000 cc y menor o igual a 1.500 cc: 30 €
  • Con cilindrada superior a 1.500 cc e inferior o igual a 2.000 cc: 50 €

Navarra

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Navarra es del 4%. No se paga ni se presenta el ITP y se puede ir directamente a la DGT sin pasar por Hacienda si:

  • El vehículo (motocicleta, turismo o todoterreno) tiene 10 o más años de antigüedad, no se trata de un vehículo calificado como histórico, y su valor, determinado de acuerdo con la orden por la cual se aprueban los precios medios de venta aplicables a la gestión del impuesto, sea inferior a 40.000 €.
  • Se trata de un ciclomotor de cilindrada inferior a 50 cm3 y velocidad no superior a 45 km/h o de un Quad de cilindrada inferior a 50 cm3, velocidad no superior a 45 km/h, masa en vacío inferior a 350 kg. y potencia no superior a 4 kW)

País Vasco

El ITP para vehículos en el País Vasco es del 4%.

Diferencias entre el Modelo 620 y el 621

La tramitación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se realiza a través del Modelo 620, que es un formulario para el pago del ITP que puedes descargar de las páginas web oficiales de tu comunidad autónoma. Puedes ver aquí el modelo de la Agencia Tributaria.

El modelo 620 sólo puede entregarse de forma física tras el pago de la cantidad resultante a pagar. Por su parte, el 621 es el impreso utilizado para realizar este trámite tributario por la vía telemática. Recuerda que el valor real del vehículo que indiques en la declaración de autoliquidación (Modelo 620 o 621) puede ser revisado y comprobado posteriormente por los Servicios de Inspección de Hacienda.

La forma más sencilla de liquidar el ITP es cambiando la titularidad de su coche o moto en Gogestor.

Sólo tendrás que rellenar un formulario, realizar el pago y adjuntar la documentación requerida. Nosotros nos encargamos del resto: de comprobar en tiempo real que la operación se puede realizar, de pagar las tasas de transferencia a la DGT, de liquidar el ITP en tu comunidad autónoma y de enviarte tu nuevo permiso de conducir a casa.