Baja temporal de un vehiculo coche o moto en DGT

05 diciembre, 2022

La baja temporal de un vehículo (coche o moto) en la Dirección General de Tráfico (DGT) se puede realizar en los siguientes casos:

  1. Por exportación: Si vas a exportar el vehículo a otro país durante un período determinado de tiempo, puedes solicitar su baja temporal.
  2. Por cambio de titularidad: Si estás cambiando la titularidad del vehículo a otra persona, puedes solicitar su baja temporal hasta que se realice el trámite de cambio de titularidad en la DGT.
  3. Por desguace: Si el vehículo va a ser desguazado, puedes solicitar su baja temporal hasta que se realice el trámite de desguace.

Para solicitar la baja temporal de un vehículo en la DGT, es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de baja temporal de vehículos (que se puede obtener en la DGT o descargar de su página web).
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Documento nacional de identidad o pasaporte del titular del vehículo.

Una vez presentada la documentación, la DGT expedirá un certificado de baja temporal que deberás presentar en el momento de solicitar la alta temporal o definitiva del vehículo. Es importante tener en cuenta que durante el periodo de baja temporal, el vehículo no podrá circular por las vías públicas.

¿Qué es un impreso de solicitud de baja temporal?

El impreso de solicitud de baja temporal es un formulario que debes presentar en la Dirección General de Tráfico (DGT) para solicitar la baja temporal de un vehículo (coche o moto). Este formulario se puede obtener en cualquier oficina de la DGT o descargar de su página web.

Para rellenar el impreso de solicitud de baja temporal, deberás proporcionar la siguiente información:

  • Datos personales del titular del vehículo: nombre y apellidos, DNI o pasaporte, dirección y teléfono.
  • Datos del vehículo: marca, modelo, tipo, número de bastidor y número de matrícula.
  • Motivo de la baja temporal: exportación, cambio de titularidad o desguace.
  • Fecha de inicio y finalización de la baja temporal.

Una vez rellenado el impreso, debes presentarlo en la DGT junto con la documentación necesaria (permiso de circulación del vehículo y DNI o pasaporte del titular). La DGT expedirá un certificado de baja temporal que deberás presentar en el momento de solicitar la alta temporal o definitiva del vehículo. Es importante tener en cuenta que durante el periodo de baja temporal, el vehículo no podrá circular por las vías públicas.

¿Quién debe realizar la baja temporal del vehículo?

La baja temporal del vehículo debe ser solicitada por el titular del vehículo. Es decir, la persona que aparece como titular del vehículo en el permiso de circulación

¿Qué vehículos puedo dar de baja temporal?

En general, cualquier vehículo (coche o moto) puede darse de baja temporal en la Dirección General de Tráfico (DGT).

¿Por qué realizar la baja temporal de un vehículo en Tráfico?

La baja temporal de un vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) se realiza en algunos casos específicos, como la exportación, el cambio de titularidad o el desguace del vehículo. Algunas de las razones por las que se puede realizar la baja temporal de un vehículo son:

  1. Evitar el pago de impuestos: Si vas a exportar el vehículo a otro país durante un período determinado de tiempo, puedes solicitar su baja temporal para evitar el pago de impuestos mientras el vehículo no esté en territorio español.
  2. Protegerse de posibles responsabilidades: Si estás cambiando la titularidad del vehículo a otra persona, puedes solicitar su baja temporal hasta que se realice el trámite de cambio de titularidad en la DGT. De esta forma, te protegerás de posibles responsabilidades que puedan surgir durante el período en el que no eres el titular del vehículo.
  3. Evitar sanciones: Si el vehículo va a ser desguazado, puedes solicitar su baja temporal para evitar sanciones por circular con un vehículo en mal estado o sin la documentación necesaria.

En general, la baja temporal de un vehículo en la DGT te ayudará a protegerte de posibles responsabilidades o sanciones mientras el vehículo no esté en circulación por las vías públicas.

¿Cuánto tiempo puede estar un coche de baja temporal?

El tiempo que puede estar un coche de baja temporal en la Dirección General de Tráfico (DGT) depende del motivo por el que se ha solicitado la baja temporal. A continuación, te explico cada uno de los casos:

  1. Exportación: Si has solicitado la baja temporal para exportar el coche a otro país, la baja temporal será válida durante el tiempo que esté fuera de territorio español. Una vez vuelvas a España, deberás solicitar la alta temporal o definitiva del coche en la DGT.
  2. Cambio de titularidad: Si has solicitado la baja temporal para realizar el cambio de titularidad del coche, la baja temporal será válida hasta que se realice el trámite de cambio de titularidad en la DGT. Una vez se haya realizado el trámite, deberás solicitar la alta temporal o definitiva del coche.
  3. Desguace: Si has solicitado la baja temporal para desguazar el coche, la baja temporal será válida hasta que se realice el trámite de desguace en la DGT. Una vez se haya realizado el trámite, el coche ya no podrá volver a darse de alta en la DGT y quedará definitivamente dado de baja.

¿Tengo que pasar la ITV del vehículo que quiero dar de baja temporal?

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es una revisión obligatoria que deben pasar todos los vehículos de motor con cierta periodicidad. La ITV tiene como objetivo comprobar que el vehículo cumple con las normativas de seguridad y emisiones contaminantes en vigor.

Si quieres dar de baja temporal un vehículo (coche o moto), no es necesario pasar la ITV. No obstante, es importante tener en cuenta que durante el periodo de baja temporal, el vehículo no podrá circular por las vías públicas. Si necesitas circular con el vehículo durante el período de baja temporal, deberás solicitar la alta temporal de forma excepcional en la Dirección General de Tráfico (DGT). La alta temporal es válida por un máximo de 15 días y sólo se puede solicitar en casos excepcionales, como por ejemplo, para realizar un traslado por motivos de mudanza. En este caso, el vehículo deberá pasar la ITV antes de solicitar la alta temporal.

Es importante tener en cuenta que, una vez finalizado el período de baja temporal, el vehículo deberá pasar la ITV antes de solicitar la alta definitiva en la DGT.

¿Tengo que tener seguro en el vehículo que quiero dar de baja temporal?

La Ley de Seguros obliga a todos los vehículos de motor a estar asegurados obligatoriamente en caso de que circulen por las vías públicas. Si quieres dar de baja temporal un vehículo (coche o moto), no es necesario tener seguro mientras el vehículo no circule por las vías públicas. No obstante, es importante tener en cuenta que durante el periodo de baja temporal, el vehículo no podrá circular por las vías públicas. Si necesitas circular con el vehículo durante el período de baja temporal, deberás solicitar la alta temporal de forma excepcional en la Dirección General de Tráfico (DGT). La alta temporal es válida por un máximo de 15 días y sólo se puede solicitar en casos excepcionales, como por ejemplo, para realizar un traslado por motivos de mudanza. En este caso, el vehículo deberá estar asegurado obligatoriamente.

¿Qué diferencia hay entre una baja temporal y una baja definitiva?

La baja temporal y la baja definitiva son dos trámites que se realizan en la Dirección General de Tráfico (DGT) y que tienen diferentes consecuencias para el vehículo (coche o moto) afectado. A continuación, te explico las principales diferencias entre ambos trámites:

  • Baja temporal: La baja temporal se solicita en casos excepcionales, como la exportación, el cambio de titularidad o el desguace del vehículo. Durante el período de baja temporal, el vehículo no podrá circular por las vías públicas. Una vez finalizado el período de baja temporal, el vehículo deberá solicitar la alta temporal o definitiva en la DGT para volver a circular.
  • Baja definitiva: La baja definitiva se solicita cuando el vehículo ya no va a circular por las vías públicas. Una vez solicitada la baja definitiva, el vehículo ya no podrá volver a darse de alta en la DGT y quedará definitivamente dado de baja.

En general, la baja temporal es un trámite temporal que se realiza en casos excepcionales, mientras que la baja definitiva es un trámite definitivo que se realiza cuando el vehículo ya no va a circular por las vías públicas.